Enviat per: barcelonaldia | Febrer 28, 2007

¿La calle es mía?

Se cumple un año de la aprobación de la actual Ordenanza Cívica. Polémica desde su nacimiento, constituye una buena muestra de qué entiende el poder por “espacio público”.

LUIS CALDEIRO
El 11-S no fue en vano. Tras el ataque a las torres gemelas, una corriente de pensamiento fuerte- mente conservador se instaló en Occidente: Sus premisas eran el retorno a una autoridad fuerte y la convicción de que los derechos y libertades individuales podían ser sacrificados en aras de otros conceptos, como la seguridad. “Pero no sólo eso” -apunta Eva Fernández, presidenta de la Federació d’Associacions de Veïns i Veïnes de Barcelona (Favb)- “también que los sectores más desfavorecidos no eran merecedores de protección especial, sino dañinos”.

Esta es la atmósfera intelectual, el contexto en el que nacerá la actual Ordenanza Cívica, aprobada por el Ajuntament el 23 de diciembre de 2005. Una de las normas más polémicas que ha conocido la ciudad. Tanto, que suscitó el rechazo unánime de organizaciones vecinales, sindicatos, ONG e incluso asociaciones de juristas como el Col.legi d’Advocats de Barcelona y la Asociación de jueces Francisco de Vitoria. Sólo los comerciantes parecieron aceptarla. Recurrida el 25 de septiembre de 2006 por la Federació d’Associacions de Veïns i Veïnes de Barcelona (FAVB) y otras treinta entidades, actualmente se halla en el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC).

Pero, ¿qué tiene esta Ordenanza para generar tanta antipatía? Para empezar, un afán ordenancista/sancionador como mínimo inquietante. Considera infracción conductas tan peregrinas como “la práctica de juegos en el espacio público” (pelota, monopatín y similares), “limpiarse o bañarse en las fuentes ”o “utilizar los bancos y asientos públicos para usos diferentes a los que están destinados” (sic). Y si bien es cierto que castiga fenómenos no bien vistos socialmente, como el botellón, no lo es menos que la restricción llega a límites severos: Se prohíbe el consumo de alcohol -sin más- “cuando se haga en envases de vidrio o lata”. Aunque curiosamente se tolera cuando se haga “en establecimientos y otros espacios reservados expresamente para esta finalidad, como terrazas”.

Pero hay más. La mayoría de entrevistados coincide en señalar que la actual Ordenanza equipara bajo una misma etiqueta, incivisme, actitudes puramente vandálicas con otras de naturaleza muy diferente, ya sea social y económica (mendigos y prostitutas de calle) como política (colectivos o movimientos incómodos para el poder). A través de la vía de la sanción, la Ordenanza tendría como objetivo inconfesado “invisibilizar”, hacer desaparecer de la vista pública a los primeros, y limitar la capacidad de movilización de los segundos.

“O sea: una limpieza social”, concluye Jaume Asens, uno de los letrados que lleva el recurso y perteneciente a la Comisión de Defensa de los Derechos de la Persona del Collegi d’Advocats. Asens no duda en calificar esta Ordenanza como “la plasmación legal” de lo que el poder considera como espacio público. “Es el sueño de todo político: crear un espacio público des-conflictivizado”, explica. “Se pretende que todo aquello que perturbe el campo visual con problemas sociales o políticos no previstos en la agenda, desaparezca. Y que por fin la calle se convierta simplemente en un lugar de paso: espacios físicamente ordenados y limpios, que faciliten su rentabilidad económica (consumidores, turistas), aunque sea a costa de perder peso social y espiritual”.

Sin duda el grueso de las quejas se centra en el trato a indigentes y prostitutas de calle. En cuanto a los primeros, se castiga “la mendicidad insistente, intrusiva o agresiva, así como organizada” y la que “directa o indirectamente utilice a menores como reclamo o los menores acompañen a la persona que ejerce esta actividad”. También “dormir de día o de noche en las vías y espacios públicos”, algo que puede resultar especialmente dañino para este colectivo. Jaume Asens señala que incluso “se prevé la incautación del dinero producto de su actividad, tanto a ellos como a las a las trabajadoras del sexo”.

Ramón Noró difiere de esta opinión. Es portavoz de la Fundació Arrels, que desde 1987 trabaja para dignificar a las personas sin hogar y con una situación de desamparo crónica. Preguntado por su balance de un año de aplicación, afirma que “las personas que conocemos y que han sido sancionadas no han visto modificada su situación de fracaso por el hecho de una multa”. ¿Pero si eres pobre y sin casa una multa no agrava aún más tu situación? “Es un aspecto más de la vulnerabilidad en que viven. No les ha beneficiado, no les ha motivado para mejorar”. Noró parece no querer pronunciarse abiertamente. “¿Pero acaso no les ha perjudicado, no son medidas negativas?”. “No les ha beneficiado”, repite.

En el tema de la incautación del dinero, asegura no tener constancia de que se le haya incautado un euro a nadie, “entre otras cosas, porque normalmente no lo tienen”. Tampoco de que se haya retirado o trasladado a mendigos por estar o dormir en la calle, ya que “la Ordenanza multa por estar, pero no echa a la gente”. Lo que sí ha hecho la Guardia Urbana ha sido despertarles por la noche e invitarles a acudir a los albergues. La nueva Norma no ha ayudado a los indigentes, sino que les ha puesto más dificultades: “Se podían haber evitado esta Ordenanza”, concluye.

Eva Fernández, por su parte, observa que, tras un año de aplicación, si bien han desaparecido los limpiacristales que se apostaban en los semáforos, “la utilización de menores para la mendicidad sigue a la orden del día”.

Sin embargo, la regidora de Urbanisme del Ajuntament de Barcelona, Assumpta Escarp, afirma que “la mendicidad en sí no está sancionada”. A su juicio, únicamente aquellos indigentes que cometen infracciones son objeto de sanción, lo cual ilustra con la expresiva frase: “Si hacen sus necesidades y encima son mendigos, es entonces cuando se castiga”. Por otra lado, explica que no todo es sancionar: Desde que se aprobó la Ordenanza, el Consistorio ha ido desarrollando toda una serie de iniciativas sociales “que están contempladas en el texto legal y que se han cumplido”. “Me sorprende” -argumenta- “que las quejas sigan siendo las mismas que hace un año, cuando se aprobó la normativa, y que en cambio no se hayan tenido en cuenta todas estas políticas”.

Concretamente, la regidora cita la creación de nuevos centros de acogida -600 plazas de servicio nocturno y 100 de atención diurna-, lo cual permitirá “acoger por la noche e iniciar procesos de inserción durante el día”. También se ha llegado a un acuerdo con diversas entidades (Serveis Socials Sant Joan de Déu, Centre Obert Heura, etc.) que ha dado como resultado “un protocolo por el cual se anulan las sanciones a los indigentes, a la vez que se comprueba si estas personas están en el circuito de servicios sociales del Ajuntament”.

Polémico también ha sido el capítulo dedicado a las trabajadoras del sexo. La Ordenanza prohíbe todo tipo de comercio sexual en la calle (ofrecer, solicitar, negociar o aceptar), así como mantener relaciones sexuales mediante retribución. Un trato que Beatriz Espejo, portavoz del Col.lectiu de Transsexuals de Catalunya, denuncia por injusto e hipócrita: “Se habla del proxenetismo en las calles cuando en realidad es mínimo, en comparación con la gran industria de los burdeles. Sin embargo, es la trabajadora de la calle, la que va por libre, la de más bajo nivel social, sobre la que cae el peso de la ley, a la que se demoniza”, afirma. Beatriz Espejo cree que “si hubiera un verdadero interés en combatir el proxenetismo, la explotación y el tráfico de mujeres, cerrarían los locales de estos empresarios, que me consta que mantienen muy buenas relaciones con los políticos”. Y atribuye esta falta de interés a que las chicas “suelen ser extranjeras, lo que provoca una indiferencia social absoluta”. Clarisa Belloci, del Colectivo Genera, constata que ha habido sanciones, pero no cree que ello las haya expulsado de sus zonas de trabajo. “Han seguido trabajando en el lugar de siempre. Simplemente han ido acumulando multas, hasta veinte cada una”, explica. “Porque, obviamente, no van a pagarlas. Cuando eres extranjera ilegal y no tienes cuenta bancaria, ¿qué importancia tiene?”.

La regidora de Urbanisme insiste, al igual que hiciera con la mendicidad, en que “no es la prostitución en sí lo que se sanciona” sino “que ésta excluya o limite otras actividades” así como “que se desarrolle a menos de doscientos metros de distancia de centros educativos”. Y abundó en el argumento de las políticas sociales, afirmando que se ha creado una agencia, a través de ciertas entidades, que ofrece una gran cantidad de servicios a las trabajadoras del sexo (desde recolocación laboral a “pisos-puente” de acogida para aquéllas que denuncien a proxenetas).

Pero no sólo los colectivos socialmente desfavorecidos perderían con esta Ordenanza, sino también aquella disidencia política o cultural que no se encuadra en los partidos políticos clásicos. Tal vez porque el artículo 23 prohíbe colocar, sin la autorización del Ajuntament, “carteles y pancartas” en cualquier elemento del espacio público así como “en un bien privado si vuela sobre dicho espacio”, lo cual requerirá, además, el permiso del propietario del bien afectado. También se sanciona lanzar a la vía pública “carteles, anuncios, pancartas y objetos similares” además de “toda clase de folletos o papeles de publicidad comercial o cualquier material similar”. Sólo se toleran “las pancartas en balcones y otras aberturas”.

Assumpta Escarp desmiente que esta medida limite la libertad de expresión de las minorías: “También se ha sancionado a los grandes partidos políticos por poner carteles donde no corresponde”, señala.

No contar con permiso municipal puede impedir, además, la celebración de cualquier acto de tipo lúdico o cultural que se desarrolle en la vía pública, reuniones pacíficas para las que hasta ahora no se pedía autorización. Una medida que podría ser utilizada para poner cortapisas a cualquier movimiento o grupo que resulte incómodo al poder. Algo que la regidora de Urbanisme niega categóricamente: “Siempre se ha tenido que solicitar permiso para ocupar el espacio público”.

Otra prohibición que podría resultar perjudicial es la de acampar en la vía pública, una medida que ya se puso en práctica con el desalojo de las acampadas por la Vivienda Digna y, más recientemente, con el movimiento francés Los Hijos del Quijote. “Ha habido un cambio evidente de política en el Ajuntament” -observa Jaume Asens-. “Mientras gobernaba el PP, le convenía un fuerte movimiento de contestación social. Era, digamos, su aliado. De hecho, durante la guerra de Irak se toleraron las acampadas. En cambio, lo que antes era un aliado, ahora es percibido como una amenaza”.

Mala noticia para todos aquellos colectivos vecinales, políticos o culturales –desde okupas hasta un simple grupo de ajedrez o de sevillanas- que, por su modestia económica, no tienen otro medio de expresión (y protesta) que no sea, precisamente, el cartel, el folleto, la pancarta, la acampada o una simple fiesta vecinal espontánea.

Por si fuera poco, todo este afán restrictivo queda agravado por un texto “muy ambiguo en su redactado”, según Jaume Asens. Ambigüedad que, lógicamente, hace que recaiga sobre los agentes de la autoridad la interpretación de la norma. “Esto supone un enorme aumento en la discrecionalidad de la policía, que tendrá mucho más margen de actuación”. Paralelamente, creará una evidente inseguridad jurídica en el ciudadano. Y pone ejemplos prácticos: “¿Cómo puede saber la Guardia Urbana si una mendicidad es agresiva? ¿Cómo saber cuándo hay comercio sexual en la vía pública, si es obvio que los agentes no pueden conocer el contenido de una conversación entre prostituta y cliente? Y si se incauta el dinero a un mendigo o a una trabajadora del sexo, ¿cómo saber si ese dinero es producto de su actividad o ya lo tenían previamente?

Pero la duda razonable no existe para Asumpta Escarp. Para la regidora, la Guardia Urbana “está perfectamente capacitada” para saber, por ejemplo, cuando se da comercio sexual. Algo que no ponemos en duda, aunque quizá tenga poco valor probatorio en un sistema judicial como el nuestro, basado en evidencias. Y para demostrar que la Ordenanza no se ceba especialmente en las trabajadoras del sexo, añade que “más que castigar a este colectivo, se está sancionando a los clientes: Hasta el momento, dos mil hombres han sido multados”. Un argumento políticamente correcto, con aires de feminismo progre, pero que sigue sin contestar a la pregunta clave: ¿Cómo sancionar a un hombre si no hay modo material de saber de qué habla con una prostituta? “Estas cuestiones ya han sido contestadas por el Ajuntament en el recurso”, remata sin más explicaciones.

Jaume Asens, por el contrario, denuncia que el criterio utilizado por los agentes es de perogrullo: La apariencia. Es decir, que hay tráfico sexual cuando la prostituta viste como tal; cuando, efectivamente, tiene aspecto de puta.

La ambigüedad no se limita sólo al texto, sino también a la forma de aplicarlo, tanto en el tiempo como en el espacio. “A una época de tolerancia le puede suceder otra de aplicación de la norma”, cuenta Eva Fernández. Y lo mismo sucede con las zonas geográficas. “Hay espacios de tolerancia y otros de intolerancia total (aquellos más céntricos o visibles)”.

Una indefinición que, según Jaume Asens, “hará aumentar tanto la conflictividad social como la judicialización de las vidas de las personas”.

En definitiva: Con esta Ordenanza, el Ajuntament se habría ex-tralimitado en sus funciones. “Ha ido mucho más allá de sus competencias locales, invadiendo un ámbito muy sensible y sólo reservado al Estado: los derechos y libertades civiles”, afirma el abogado. De hecho, éste es el argumento legal en que se basa el recurso.

Irónico balance de un año
Una buen modo de hacer balance tal vez sea acudiendo a las fuentes. En este caso, el cuerpo de seguridad encargado de ejecutarla. La Guardia Urbana, en un documento de 19 de enero titulado “Informe de un año de aplicación de la Ordenanza (…)”, asegura que las denuncias recibidas por “Actividades que adoptan formas de Mendicidad” trepó desde las 60 (el 12 de febrero de 2006) a 838 (el 16 de enero de 2007). En cuanto a “Servicios Sexuales”, pasaron de 83 a 4.280 en el mismo período. El capítulo “Carteles y Pintadas” (que incluye grafittis, carteles, pintadas y lanzamiento de folletos) aumentó de 350 denuncias a 10.340. Pero la palma se la llevan sin duda los apartados de “Consumo de Bebidas Alcohólicas” (de 312 a 8.369) y, sobre todo, la “Venta Ambulante”, que pasó de 256 a ¡17.334!, nada menos que un 32’19% del total de denuncias. Curiosamente, las “Conductas Vandálicas” (en teoría, aquellas más genuinamente incívicas) sólo se incrementaron de 5 a 111, un tímido 0 ’el total. ¡Vivir para ver!

La Veu del Carrer núm. 99-100 gener-febrer de 2007

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