Frente al amparo legal del propietario, la Constitución también protege a la persona que por cuestiones de precariedad no puede acceder a una vivienda digna
PEPE MOLINAAbogadoLa palabra desahucio proviene del verbo des-afiduciar (del latín fiducia, confianza). Etimológicamente desahucio equivale por tanto a pérdida de la confianza. Tratándose de arrendatarios, colonos o precaristas (los que poseen en precario cosas ajenas), un desahucio es la acción y efecto de desahuciar a un inquilino o arrendatario, es decir, privarle de continuar disfrutando de la cosa arrendada. En el caso que nos ocupa, de la vivienda.
En nuestra ciudad, según datos de fuentes judiciales, se produjeron 3.657 desahucios durante el año 2002 .Según Cáritas Diocesana, en ese mismo año fueron atendidas 160 familias por deudas de alquiler de vivienda y desahucios, ascendiendo el importe aproximado de las ayudas por este concepto a 95.000 euros (15.806.670 pesetas). Hasta el 30 de septiembre de este año, las familias atendidas han sido 114 y el importe de las ayudas de 69.000 euros.
Nuestro país está a la cola de Europa en cuanto a oferta de vivienda de alquiler. En 1999, del parque global de viviendas en España sólo el 14% era de alquiler y e ese porcentaje, el 12% correspondía a alquiler privado y solamente el 2% era alquiler de vivienda social. En Europa, la media de viviendas de alquiler sobre el parque global era del 39%, un 21% privado y un 18% social.
En Cataluña, el parque de vivienda de alquiler en el 2002 era del 16%.
Después de esta triste gráfica del panorama de la vivienda de alquiler en nuestro país, resulta que las tendencias van en la dirección de ir eliminando dicho parque para incorporarse al mercado de la especulación, todo ello con graves prejuicios para las personas con pocos recursos económicos a las que les resulta imposible acceder a una vivienda de propiedad.
De los desahucios existentes, hay que hacer especial mención a los producidos por imposibilidad del pago de las rentas por causas de precariedad económica. Los propietarios, por motivos de especulación, bien sea declarando los edificios en estado de ruina o por otras circunstancias legales, resuelven contratos que obligan a los inquilinos a abandonar sus casas. En todas estas circunstancias, las entidades y personas que trabajan en la defensa de una vivienda digna han de ser implacables y exigir políticas de estado (Gobierno central, Generalitat y Ayuntamiento) que garanticen una alternativa de alojamiento digno al ocupante antes de producirse la expulsión de su vivienda. Si al propietario de la vivienda le protege la ley, al desahuciado por cuestiones de precariedad económica también le ampara la Constitución.
En las enciclopedias encontramos otras expresiones relacionadas con la palabra desahucio: Quitar a uno toda esperanza de conseguir lo que apetece. Dar los médicos por perdida la esperanza de salvar a uno, declarar a un enfermo sin esperanza de curación, etc. Aplicando dichas expresiones al problema de la vivienda, podemos afirmar que existen miles de desahuciados, tanto las 3.000 personas sin techo que existen en Barcelona o las 8.000 de Cataluña, como los miles de jóvenes que no pueden independizarse de los domicilios de sus padres, los inmigrantes, la gente mayor, etc.
Además de los “legalmente” desahuciados mediante procedimientos judiciales, existen miles de personas desahuciadas por la imposibilidad económica de acceder a una vivienda digna. Todos ellos ilegalmente desahuciados por el incumplimiento de los preceptos constitucionales de los artículos 47 (derecho a la vivienda), 1 y 14 (derecho a la igualdad), 10.1 (dignidad de la persona), 18 (derecho a la intimidad personal y familiar), 19 (libertad de residencia).
En diciembre la Constitución cumple 25 años, un cuarto de siglo. Tiempo suficiente para haber elaborado políticas de vivienda dirigidas a los sectores más necesitados de la sociedad. La vivienda pública y de alquiler no ha sido una prioridad de los gobiernos en su acción política, dejando con ello el terreno libre al funcionamiento del mercado de la oferta y la demanda y a los intereses especulativos, agravando la situación de los más necesitados.
La realidad actual pone de manifiesto la necesidad urgente e imperiosa de aplicar políticas de estado en la dirección de facilitar viviendas de alquiler a precios asequibles y protegidos para que los más desfavorecidos puedan ejercer su derecho a una vivienda digna.
¡A la puta calle!Kim Manresa y Núria Escur han levantado acta en La Vanguardia de un desahucio. Uno más. Uno de los muchos que se llevan a cabo en nuestra ciudad. El vecino de Nou Barris vivía alquilado en el pasaje Manuel Sancho desde el año 1976.Tiene contrato indefinido. Hoy tiene 72 años y está enfermo del corazón. El piso se vendió y el nuevo propietario le dio un año de plazo para abandonarlo. Tras diversos trámites judiciales, el pasado 22 de octubre la autoridad acudió a desalojarlo. No pudo, estaba muy enfermo y no podía levantarse.
Volveremos otro día con ambulancia. El vecino está desolado. No se siente capaz de afrontar la calle, la noche, el frío y la indigencia. La ley es la ley.
Zeta